LEY NUMERO 3033
SANCIONADA: 09/10/96
PROMULGADA: 22/10/96 - DECRETO NUMERO 1792
BOLETIN OFICIAL: NUMERO 3411
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO
SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y
Artículo 1º.- Créase el área natural protegida "Valle Cretá-
cico", con el fin de conservar una muestra
representativa de estratos del período cretácico, conteniendo
restos fósiles de la fauna y flora de esa antigüedad.
Artículo 2º.- En función del artículo 1º de la presente, sus
límites serán: Al norte y noroeste, el límite
con la Provincia del Neuquén sobre el río Limay y el Embalse
Ezequiel Ramos Mexía; al este, la ruta provincial nº 241 y
al suroeste, el camino vecinal que une la localidad de Cerro
Policía con Loma Atravesada (I.G.M., carta nº 3969, actuali
zada en 1983). Estos límites quedarán sujetos a lo que re
sulte de las necesidades que exprese el plan de manejo para
garantizar los objetivos de conservación del área.
Artículo 3º.- La autoridad de aplicación del Sistema Provin-
cial de Areas Naturales Protegidas, creada por
la ley nº 2669, coordinará con los organismos provinciales
vinculados al manejo integral del área y con los pobladores
locales, la elaboración del plan de manejo para la misma y su
correspondiente categoría.
Artículo 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.