LEY NUMERO 3033

SANCIONADA: 09/10/96
PROMULGADA: 22/10/96 - DECRETO NUMERO 1792
BOLETIN OFICIAL: NUMERO 3411

         LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO
                   SANCIONA CON FUERZA DE
                            L E Y
Artículo 1º.- Créase el área  natural protegida "Valle Cretá-
              cico",  con  el  fin de conservar  una  muestra
representativa de estratos del período cretácico, conteniendo
restos fósiles de la fauna y flora de esa antigüedad.

Artículo 2º.- En función del  artículo 1º de la presente, sus
              límites  serán:  Al norte y noroeste, el límite
con la Provincia del Neuquén sobre el río Limay y el  Embalse
Ezequiel  Ramos Mexía;  al este, la ruta provincial nº 241  y
al  suroeste, el camino vecinal que une la localidad de Cerro
Policía  con Loma Atravesada (I.G.M., carta nº 3969, actuali 
zada  en 1983).  Estos límites quedarán sujetos a lo que  re 
sulte  de las necesidades que exprese el plan de manejo  para
garantizar los objetivos de conservación del área.

Artículo 3º.- La autoridad de aplicación  del Sistema Provin-
              cial  de Areas Naturales Protegidas, creada por
la  ley  nº 2669, coordinará con los organismos  provinciales
vinculados  al manejo integral del área y con los  pobladores
locales, la elaboración del plan de manejo para la misma y su
correspondiente categoría.

Artículo 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.