LEY NUMERO 3033 SANCIONADA: 09/10/96 PROMULGADA: 22/10/96 - DECRETO NUMERO 1792 BOLETIN OFICIAL: NUMERO 3411 LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO SANCIONA CON FUERZA DE L E Y Artículo 1º.- Créase el área natural protegida "Valle Cretá- cico", con el fin de conservar una muestra representativa de estratos del período cretácico, conteniendo restos fósiles de la fauna y flora de esa antigüedad. Artículo 2º.- En función del artículo 1º de la presente, sus límites serán: Al norte y noroeste, el límite con la Provincia del Neuquén sobre el río Limay y el Embalse Ezequiel Ramos Mexía; al este, la ruta provincial nº 241 y al suroeste, el camino vecinal que une la localidad de Cerro Policía con Loma Atravesada (I.G.M., carta nº 3969, actuali zada en 1983). Estos límites quedarán sujetos a lo que re sulte de las necesidades que exprese el plan de manejo para garantizar los objetivos de conservación del área. Artículo 3º.- La autoridad de aplicación del Sistema Provin- cial de Areas Naturales Protegidas, creada por la ley nº 2669, coordinará con los organismos provinciales vinculados al manejo integral del área y con los pobladores locales, la elaboración del plan de manejo para la misma y su correspondiente categoría. Artículo 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.